
El
pasado 2 de noviembre – tiene su aquel que fuera el día de difuntos - era
noticia en un diario (El País) que la declaración de intenciones del ministro
de Justicia, Ruiz Gallardón, de modificar la actual regulación del aborto - Ley Orgánica 2/2010 de 3 de
marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del
embarazo - para acabar
con el sistema de plazos y volver al sistema de supuestos de la LO 9/1985, pero
eliminando el aborto “eugenésico” (por malformaciones físicas o psíquicas del
feto), había movilizado a algunos
profesionales sanitarios que habían redactado un manifiesto contra la reforma
porque, dicen, suprimir la opción de
interrumpir el embarazo en esos casos tiene consecuencias trágicas para las
familias afectadas. Ya antes una discapacitada asturiana, que se
declaraba “feliz” porque su familia le hacía gozar de una vida satisfactoria,
había conseguido miles de firmas contra la anunciada reforma afirmando que la
decisión de traer
al mundo a un hijo sabiendo que viene a
luchar, a padecer dificultades por una malformación, solo compete a la madre y
a la familia, que son los que se verán comprometidos a prestarle su
dedicación; y en el mismo sentido un neurocirujano escribía un artículo en El
País en el que, bajo el título “Nadie tiene derecho a obligar al
sufrimiento”, daba cuenta de los esfuerzos (recursos) sanitarios y
sociales que hay que dedicarles, y de los esfuerzos familiares y del propio
niño para conseguir una calidad de vida que considera inaceptable por los
problemas propios de cada enfermedad, con estancias hospitalarias (para
operaciones o rehabilitación) que “hacen
imposible una escolarización correcta”, para que al final terminen muchos
de ellos muriendo [¿muchos? ¡Todos moriremos!], y terminaba preguntándose, “¿Cómo puede gestionar el gobierno este
problema? ¿Qué se les puede explicar a las familias e inclusos a los futuros
niños? ¿Qué por la decisión de un político que fue ministro de Justicia no han
podido valorar otras opciones?”
Si puede sorprender la iniciativa de la
discapacitada - no tanto, en realidad, porque resulta ser militante
pro-abortista - que hace depender el derecho a la vida del concebido de la voluntad
y de la generosidad de la madre y de su familia, la preocupación del neurocirujano, que debe ser la que suscriben esos otros profesionales sanitarios,
autores o adheridos al manifiesto, da
simplemente miedo cuando la única otra opción a valorar es la de darle una muerte temprana, por la “calidad de vida” que se prevé que tendrá,
los esfuerzos que va a tener que dedicarle su familia, y los recursos (médicos,
sociales, económicos en definitiva) que hay que emplear para que al final
posiblemente, dice, ¡termine muriendo! Todos
podemos sentirnos amenazados.

Personalmente tengo mis dudas de que se lleve
a cabo esa reforma alguna vez (anunciada para este otoño, ya se ha aplazado
porque hay otras prioridades, y entra dentro de lo posible que esperen a ver
qué dice el Tribunal Constitucional, como con la Ley del matrimonio homosexual,
y así tener una coartada para no hacer nada), pero en el terreno de las
declaraciones, al menos, el ministro fue bastante claro al afirmar no entender "…que se desproteja al concebido,
permitiendo el aborto, por el hecho de que tenga algún tipo de minusvalía o de
malformación. Me parece éticamente inconcebible que hayamos estado conviviendo
tanto tiempo con esa legislación. Y creo que el mismo nivel de protección que
se da a un concebido sin ningún tipo de minusvalía o malformación debe darse a
aquel del que se constate que carece de algunas de las capacidades que tienen
el resto de los concebidos", y coherente al asumir que reformar la
legislación vigente es una obligación inherente a los Tratados ratificados por
España.
Vamos a ver, es verdad que el aborto eugenésico
es contrario a la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad (2006), vinculante para los 119
países, España entre ellos, que la han ratificado hasta ahora, y que en
septiembre de 2011, el Comité de la ONU encargado de vigilar el cumplimiento de
la Convención, hizo una advertencia a España porque permite ahora abortar sin
invocar motivo hasta la semana 14, por peligro para la madre o anomalías del
feto hasta la semana 22, y sin límite de tiempo si este tiene una enfermedad
grave e incurable, señalando que “España
debería abolir la distinción que hace la ley 2/2010 con respecto al plazo
permitido para abortar, basada solo en la discapacidad”. Pero esa argumentación basada en el principio de igualdad y no
discriminación presenta puntos débiles, porque – como afirmaba un compañero en
un post – “la apelación desnuda al principio de igualdad es siempre un recurso peligroso.
Por las mismas, podríamos también cargarnos otro de los supuestos que
contemplaba la Ley de 1985, el llamado aborto “ético”: ¿acaso es legítimo
discriminar al concebido a raíz de una violación versus el que es fruto de una
relación consentida? Por otra parte, este argumento solo ataca la diversidad de
trato, pero decae cuando no hay tal. Verbigracia, bajo esta óptica, una ley
sería intachable si admitiera el aborto libre, sin distinción de supuestos, en
el plazo más largo (22 semanas) ¡o incluso sin plazo!”; y tiene razón, pero la
contradicción no se resuelve - como sostiene el autor - dejando la Ley como
está, y tampoco con la propuesta del ministro, aunque sea un paso deseable,
porque se sigue dando muerte a un ser
humano, la violencia es violencia, sin que a ello obste en absoluto que se lleve a cabo,
asépticamente, entre las blancas paredes de una clínica.
No deja de ser curioso el proceso por el que la falta de “calidad de vida” que se prevé para un ser humano, hace sentir a
algunos una piedad anticipada por él, una falsa compasión que les hace obviar
que, con enfermedad o sin ella, ese embrión es un ser humano, es decir, un ser vivo de la
especie humana y, por tanto, merecedor de la misma protección que el resto de
seres vivos de la especie humana que están en otros estadios de su desarrollo
antes de su muerte, y
llegan a la conclusión de que lo mejor para todo el mundo – incluidas, claro, las
arcas del sistema sanitario - es matarlo.
En primer
lugar hay que aclarar que la “calidad de vida” es en realidad un
concepto clínico que surge para evaluar el grado de limitación y problemas de
enfermos terminales, con unos índices en función del grado de conciencia,
la existencia o no de dolor o de problemas con la alimentación y excreción, la
capacidad de moverse por sí mismo, etc., con el objeto de saber si el
tratamiento administrado es o no efectivo y así mejorar su atención. El problema es cuando ese criterio se
absolutiza y se utiliza para medir la humanidad o la dignidad de las personas, con
lo que la vida humana solo tendría valor si posee todos los atributos de
calidad, y sin ellos sería impersonal, falta de dignidad y de sentido; es
decir, bajo este punto de vista, si la vida humana ideal es la vida sana, con
salud, que en definición de la OMS es un “estado
de completo bienestar físico, mental y social; y no solamente la ausencia de
enfermedad”, la vida enferma no sería propiamente
vida humana, y esos índices de calidad de vida medirían no solo el grado de
salud, sino propiamente el grado de humanidad de una entidad biológica, el
hombre, y así los seres humanos que se encontraran en plenitud de facultades
tendrían una dignidad máxima, frente a quienes no poseyendo ese grado de “calidad de vida” no poseerían esa
dignidad humana plena, y no tendrían por tanto los mismos derechos, a la atención
sanitaria, o a la misma vida.
Son conocidos en
este punto los “Indicadores de humanidad” de Joseph Fletcher, de los años 70, que exigían para reconocer como
tal a un hombre un determinado coeficiente intelectual, autoconciencia,
autocontrol, sentido del tiempo, del futuro y del pasado, habilidad para
comunicarse, control de la propia existencia, curiosidad, mutabilidad y
creatividad, equilibrio entre sentimiento y razón, actividades distinguibles y
funcionamiento neocortical. El problema es que si fuera legítimo matar a un ser humano porque
corre el riesgo de tener una vida "sin
valor" por no cumplir con unos determinados parámetros, entonces sería legítimo matar a todos
los que entren en esos mismos parámetros, siempre arbitrarios, porque ¿en dónde
se sitúa la “calidad de vida” de una persona? De hecho, con la aplicación de
esos “indicadores”, ni el feto, ni el comatoso, ni el débil mental, ni el simple
enfermo crónico, ni una persona sana que esté durmiendo – que, como el embrión, tampoco tiene en ese momento la capacidad de anticipar y temer lo que le va
a suceder, como decía el autor del post citado para justificar su aborto
porque, por esa razón, es de todos el que menos sufre - tienen todas esas actividades y, por ende, no serían personas, con lo
que eso implica.
El hecho es que ante el diagnóstico precoz de una enfermedad o malformación que puede
implicar una “calidad de vida”
cuestionable según esos criterios, nace
a veces una piedad anticipada por el feto; una psicología devastadora nos
ha enseñado tan eficazmente los traumatismos de la infancia que preferimos
suprimir un hijo a tener un hijo traumatizado por sus limitaciones, una
sociedad caracterizada por la búsqueda del bienestar material a cualquier coste
nos ha inoculado tal miedo, tal pavor en realidad, a la enfermedad y a la
muerte que preferimos matarlo anticipadamente,
con el convencimiento
interior, además, de que es un acto de bondad – al fin y al cabo todos
necesitamos dormir bien – y con el beneplácito y ayuda de una sociedad que ha
dividido el trabajo de una forma tan burocrática que nadie pueda ser tenido por
culpable, todos participan, y ninguno de ellos nota que sus manos se manchan.
No me resisto a transcribir, a este respecto, un
diálogo real con una chica que quiere abortar, recogido por Fabrice Hadjadj [“Tenga usted éxito con
su muerte”] que, aunque no se refiere a un supuesto de enfermedad o malformación,
es muy ilustrativo:
“–Yo sería
para él una madre demasiado mala, estaría resentida con él por haberme
estropeado los estudios, me avergonzaría de estar resentida con él…prefiero
sufrir yo en lugar de verlo sufrir a él. No quiero que sufra por no haber sido
deseado. No quiero que sufra por mis reproches durante toda su vida.”
“– Podrías
- replica
mi mujer - dar en adopción a ese hijo,
podría ser feliz en otra familia.”
“– De
ninguna manera ¿Lo iba a llevar en mí nueve meses para darlo después? ¿Qué
clase de madre sería? Saber que a mi hijo lo educan otros, ¡sería insoportable!
Y pensando en él, ser adoptado no sería bueno para su equilibrio psíquico.”
Confiesa Hadjaj que se quedaron sin habla ante
tanta solicitud, y es que en casos como este, en lo que denomina la “sociedad
del crimen perfecto”, eliminamos al otro por altruismo.

Lo cierto es
que, con enfermedades, alteraciones o discapacidades, o sin ellas, a la pregunta acerca de cuándo comienza la
vida humana (no la “persona”, que es un concepto distinto, jurídico y, por
tanto, arbitrario) debe responder la ciencia, y a este respecto existe un
virtual consenso: un ser vivo es aquél que
ha iniciado su ciclo vital y aún no lo ha terminado, y cuyas partes forman un
todo, y esa es la realidad del embrión: el ser humano empieza con el zigoto,
resultado de la “fusión” de un óvulo y un espermatozoide, y el zigoto
unicelular, en el día uno de la concepción, es ya un organismo único de la
especie homo sapiens. Inmediatamente
después de ser concebido empieza a producir enzimas y proteínas humanas y a
dirigir su propio crecimiento y desarrollo. No se trata de una simple masa de
células, simple tejido, o de un ser humano “potencial” o “posible”, sino de un
ser humano, “una nueva, genéticamente
única, recién existente, vida humana individual”, sin que la apariencia física del embrión juegue
papel alguno en el debate, porque si bien es cierto que un embrión es
físicamente muy distinto de un adulto de treinta años, también lo es un feto respecto a un adulto y un bebé respecto a un
abuelo; pero lo que cambia es el “formato” no la naturaleza, que es la misma.
La vida de un individuo tiene su origen en el zigoto y concluye con la muerte,
y cualquier fotograma que se elija de este proceso vital se percibirá idéntico
al fotograma anterior y al posterior, por lo que el estado embrionario del ser
humano es sólo una fase más de su desarrollo, como lo es, por ejemplo, la niñez,
y no hay modo (que no sea una arbitrariedad) de establecer una línea divisoria
en el proceso evolutivo que separe lo que se presume humano de lo que no, por
lo que, entre otras razones, el más elemental sentido de la prudencia obliga a
protegerlo.

La
contradicción a la que antes nos referíamos no se resuelve por tanto, como ya
adelantábamos, con la propuesta de seguir con la legislación actual (Ley
2/2010) preconizada por algunos, ni con la de volver a la situación anterior,
pero eliminando el aborto eugenésico, anunciada por el ministro, la
contradicción solo desaparece si acudimos a la concepción antropológica clásica
de la dignidad humana que va ligada al modo de ser racional del hombre, y que
puede manifestarse o no, dependiendo de las circunstancias, pero que pertenece
al ser, a la esencia misma del individuo, y es el fundamento del respeto ético
hacia el hombre, sean cuales sean sus circunstancias, y fundamento de los
derechos humanos de que son titulares cada hombre.
La contradicción
se resuelve, en definitiva, utilizando el concepto de calidad de vida como lo que es, un concepto clínico, no un criterio
para medir el grado de humanidad, dejando de lado esa falsa compasión que solo
sirve para aliviar la conciencia y poder conciliar el sueño, y reconociendo sin
ambages ni condiciones que el embrión es uno de los nuestros.