Me refería hace un tiempo en un
post, “Se
alquila.”, a la
problemática de los vientres de alquiler, señalando que era un problema jurídico,
y también un problema político, pero sobre todo se
trata de un problema humano, tanto desde el punto de vista de la criatura
concebida por ese medio, como de las madres que alquilan sus úteros para
satisfacer los deseos otras personas, y sobre todo de dignidad humana, por lo que
supone de mercantilización capitalista del cuerpo humano, de desarrollo de una
lógica de la pulsión consumista que es necesario satisfacer, y que es la que lleva a la existencia de un mercado de
alquiler de vientres que no muestra sino el poder de unos hombres sobre otros,
que son tratados como objetos para satisfacer el deseo egoísta de los primeros.
Concluíamos
ese post señalando que podría ser un problema difícil, sobre todo por la
situaciones de hecho que se intentan imponer por quienes recurren a ese método
acudiendo a países en los que esa práctica está legalizada, pero que se trataba
de una cuestión de principios y de dignidad humana que no podía quedar
encomendadas a las “fuerzas invisibles del mercado”, y que algo habría que
hacer para evitar que quienes puedan disponer de los recursos económicos
necesarios se creyeran con el derecho de alquilar vientres, comprar hijos, e
imponer a sociedades y Estados su voluntad.
Pero, claro,
para eso es necesario armonizar
de alguna manera las legislaciones sobre la materia, para no dar por bueno en
unos países lo que en otros es una ilegalidad, ni traspasar a un país los
problemas creados en otro, que es lo que está ocurriendo ahora mismo, con
resoluciones judiciales condenatorias de algunos Estados, como consecuencia de
la admisión de esa práctica, con diferentes matices y exigencias, pero
admitiéndolas al fin, en algunos países.
En
este sentido hay que congratularse por el Informe anual sobre los derechos humanos y la
democracia en el mundo (2014) y la política de la Unión Europea al respecto,
y la reciente Propuesta
de Resolución del Parlamento Europeo, en cuyo punto 114, dentro del apartado de los derechos de las mujeres y de las niñas, textualmente "Condena la práctica de la gestación por sustitución, que es contrari a a la dignidad humana de la mujer, ya que su cuerpo y sus funciones reproductivas se utilizan como una materia prima; estima que debe prohibirse esta práctica, que implica laexplotación de las funciones reproductivas y lautilización del cuerpo con fines financieros o de otro tipo, en particular en el caso de las mujeres vulnerablesen los paises en desarrollo, y pide que se examine con carácter de urgencia en elmarco de los instrumentos delos derechos humanos."
Decía F. Hadjaj, “Que el deseo sea la
medida de lo real, y no al revés, pone claramente de manifiesto que nos movemos
en un universo virtual, donde el cliente es el rey, pero donde el hombre es un
esclavo.”, y hay pocos ejemplos tan claros de esa afirmación como el mercado
de vientres de alquiler, y así lo ha sabido ver el Parlamento Europeo con
bastante claridad.
Vamos a
ver si es posible vencer las presiones que desde determinados sectores
económicos interesados – industria propia y sector legal -, y otros lobbies, se
realizarán, y esa propuesta de resolución se plasma de forma efectiva.